De acuerdo a la legislación vigente en materia de Protección Civil de la CDMX y el Estado de México todo inmueble del sector público y privado (Escuelas, Centros de trabajo, Oficinas, Fabricas, Hoteles, Restaurantes, Centros Comerciales, etc) deben de contar con un sistema de alertamiento sísmico que recibe la señal del SASMEX (Sistema de Alerta Sísmica Mexicano), el cual permite de manera oportuna el aviso a la población de la ocurrencia de un sismo.
De acuerdo a la Gaceta de la Ciudad de México emitida el 2 de marzo de 2017 y al Reglamento de la ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil en donde establecen:
- De acuerdo con la clasificación de zonas con diferente sensibilidad sísmica de la Ciudad de México, los inmuebles tanto públicos como privados, deben contar con la recepción de avisos tempranos del sistema de alerta sísmica, con una adecuada sonorización y con la práctica regular de su programa interno de protección civil, conforme lo señalan los incisos 10.6, 10.7, 10.8, 10.9 y 10.11 de la presente Norma Técnica y en los Términos de Referencia vigentes para la Elaboración de Programas Internos de Protección Civil.
Uno de los requisitos para la integración al Programa Interno de Protección civil es la Carta responsiva del sistema de alertamiento sísmico que recibe la señal oficial del Gobierno de la Ciudad de México (SASMEX).